Depredadores Sexuales Violentos

Libertad Condicional de Depredadores Sexuales Violentos en el Condado de Los Ángeles Preguntas Frecuentes

¿Qué es un(a) Depredador(a) Sexual Violento (SVP por sus siglas en inglés)?

De acuerdo con la sección 6600 et seq. del California Welfare and Institutions Code, un "depredador sexual violento” es una persona que:

(A) ha sido condenada por una ofensa sexual violenta contra una o más víctima(s); y

(B) ha sido diagnosticada con un desorden mental que hace a la persona un peligro al bienestar y seguridad de otros; y

(C) es probable que él o ella volverá a repetir su comportamiento sexual, violento y criminal.

El término “ofensa sexual violenta” incluye una variedad de crímenes sexuales que por lo general incluyen forzar, violencia, coacción, intimidación o amenazas de daño corporal inmediato o amenazas de venganza futura contra una persona. Pedofilia, sea que incluya o no, forzar o violencia también está incluida.

No todos los ofensores sexuales ni todos a los que se les requiere registrarse como ofensores sexuales son clasificados como depredadores sexuales violentos. De hecho, la gran mayoría no lo son. Solo un porcentaje muy pequeño de la población de ofensores sexuales califican como un(a) “SVP.”

El “Cuerpo Especial sobre Depredadores Sexuales de Alto Riesgo y Depredadores Sexuales Violentos” de California lo explica así:

"Aunque enfermedades mentales serias como la esquizofrenia, bipolaridad, o el síndrome cerebral orgánico califican como desórdenes mentales, la mayoría de los(as) “SVPs” principalmente sufren de algún tipo de parafilia. Los desórdenes parafílicos son condiciones diagnosticadas que se caracterizan por impulsos sexuales, fantasías o comportamientos que involucran la humillación de otros, actividad sexual con niños y/o actividad sexual con personas sin su consentimiento y ocurren por un período de al menos seis meses. Estos impulsos sexuales, fantasías, o comportamientos son lo suficientemente intensos como para causar angustia o discapacidad severa en áreas importantes de funcionamiento."

Las personas que son calificadas bajo ley como depredadores sexuales violentos por la corte o un jurado son confinadas en el Hospital Estatal Coalinga, donde reciben tratamiento para su desorden mental hasta que se determine que ya no existe el riesgo de que vuelvan a reincidir.

¿Qué tratamiento reciben los(as) “SVPs” mientras están internados(as) en el Hospital Estatal Coalinga?

El tratamiento apropiado es determinado por el Departamento de Hospitales Estatales de California (DSH). El tratamiento incluye un programa de cuatro fases llamado Programa de Internación para Ofensores Sexuales. Si un paciente completa el programa exitosamente, él o ella puede pedir libertad bajo supervisión comunitaria en la fase final del Programa de Internación para Ofensores Sexuales. Más información acerca del programa y otros tratamientos son descritos en el sitio de Internet del DSH.

http://www.dsh.ca.gov/coalinga

¿Qué es el tratamiento comunitario “SVP” (CONREP)?

Libertad Condicional (CONREP) es un programa de supervisión comunitaria diseñado para reintegrar a la comunidad a los(as) “SVPs” que ya no están en riesgo de reincidir. Esta determinación es hecha por la corte de acuerdo con legislación y jurisprudencia. Si la corte determina que un(a) paciente puede ser supervisado(a) y recibir tratamiento de manera segura en la comunidad, el (la) paciente es ordenado(a) a entrar a la fase final del Programa de Internación para Ofensores Sexuales. CONREP está bajo la autoridad del Departamento de Hospitales Estatales de California (DSH) y provee supervisión comunitaria a los pacientes en la fase final del Programa de Internación para Ofensores Sexuales.

¿Dónde en la comunidad es alojado(a) el (la) “SVP”?   

La sección 6609.1 del Welfare & Institutions Code especifica el procedimiento para determinar dónde se alojará el “SVP.” El (la) “SVP” puede ser alojado(a) en cualquier condado de California, con tal que él o ella establezca que su domicilio está en dicho condado. Una vez que el condado de domicilio es establecido, Liberty Healthcare Corporation, junto al DSH, efectuará una búsqueda de lugares apropiados para colocación en el condado y recomendarán a la corte un domicilio específico. Todos los sitios de colocación deben cumplir con la ley estatal, incluyendo la Ley de Jessica. Por ejemplo, los(as) “SVPs” no pueden vivir a 2,000 pies o menos de una escuela o parque. El (la) “SVP” no puede ser puesto(a) cerca de sus víctimas o los familiares de estas. Una vez que la corte aprueba el lugar de colocación, hay un período de comentario público sobre el domicilio propuesto. La corte a cargo de revisar el caso considerará los comentarios del público para finalmente determinar el lugar de colocación. Si el lugar propuesto es aprobado, la corte ordenará que el (la) “SVP” sea transportado(a) a la dirección designada en o antes de una fecha específica, y comienza la supervisión comunitaria.

¿Quién supervisa a los(as) “SVPs” en el tratamiento comunitario?

Desde 2003, el estado de California ha contratado a Liberty Healthcare Corporation para encabezar el programa de supervisión CONREP para todos los(as) “SVPs” liberados condicionalmente. Liberty Healthcare establece un Equipo Comunidad Segura para cada paciente “SVP.” El Equipo incluye un(a) coordinador(a) regional de Liberty Healthcare, proveedores de tratamientos, especialistas en poligrafía, defensores de víctimas y representantes policíacos y de la Fiscalía. Las condiciones y reglas apropiadas para la libertad del (de la) paciente “SVP” son determinadas. Liberty Healthcare debe consultar regularmente con el Equipo Comunidad Segura para mantenerlos al tanto del progreso y tratamiento del (de la) paciente “SVP.” Si hay alguna preocupación, Liberty notificará de inmediato al Equipo y a la corte. El (la) paciente “SVP” puede comparecer ante la corte para una audiencia en la que se podría revocar su libertad condicional y potencialmente regresar a la custodia del Hospital Estatal Coalinga.  

¿Cómo se logra la supervisión?

El (la) coordinador(a) regional asignado(a) por Liberty Healthcare está a cargo del monitoreo diario del (de la) “SVP” en la comunidad. El (la) coordinador(a) tendrá contacto personal con el (la) “SVP” todos los días. Todos(as) los(as) “SVPs” están sujetos(as) a ciertas condiciones de supervisión comunes, tal como terapia semanal individual o en grupo (transportación será provista por el(la) coordinador(a) regional). Además, la supervisión puede incluir visitas sin previo aviso, vigilancia encubierta, búsquedas del hogar al azar, y aprobación previa para todas las actividades en las que planea participar el (la) paciente. Cada 90 días se le someterá a un examen de polígrafo. Los(as) “SVPs” tendrán que portar una pulsera GPS(Sistema de Posicionamiento Global) permanente las 24 horas. Todos los(as) “SVPs” bajo supervisión comunitaria deben firmar y estar de acuerdo con los términos y condiciones antes de ser puestos bajo libertad condicional.

¿Qué sucede si un(a) “SVP” viola sus términos y condiciones de libertad?

Cualquier violación de los términos y condiciones puede servir como base para revocar la libertad condicional, aunque la violación de esos términos y condiciones no necesariamente viole la ley. Liberty Healthcare provee reportes trimestrales a la corte, la Fiscalía y el(la) abogado(a) del “SVP.” El Equipo Comunidad Segura se reúne regularmente para hablar de asuntos relacionados al progreso del (de la) SVP en la comunidad. Si se observan comportamientos de alto riesgo, Liberty Healthcare o la Fiscalía pueden pedir que la colocación comunitaria sea revocada y que el (la) “SVP” sea regresado(a) al hospital. Si el (la) paciente “SVP” es readmitido(a) al hospital, él o ella puede pedir a la corte supervisora que se le vuelva a poner en libertad en una fecha futura para recibir tratamiento como paciente externo.

 ¿Podría ser liberado(a) sin condiciones el (la) SVP después de su libertad condicional?

Sí. De acuerdo con la ley, una vez que un(a) “SVP” ha estado bajo libertad condicional exitosamente por un año, él o ella puede pedir a la corte ser liberado sin condiciones. Si tal petición es presentada a la corte, se convoca una audiencia, se presenta evidencia, se llaman testigos, y se hace una determinación en cuanto si el (la) “SVP” podría ser liberado sin condiciones ni supervisión.

¿Dónde puedo conseguir más información sobre Programas de Libertad Condicional y Liberty CONREP y el Departamento de Hospitales Estatales?

El Departamento de Hospitales Estatales, que administra al Hospital Estatal Coalinga, describe sus procesos y programas en los siguientes sitios de Internet.

Departamento de Hospitales Estatales: http://www.dsh.ca.gov

Hospital Estatal Coalinga:  http://www.dsh.ca.gov/Coalinga